Caja de Previsión Social en Cs. Es. de Córdob

Contribuciones de terceros ¿Cómo impactan en el haber jubilatorio?

Las contribuciones sobre honorarios ingresadas al fondo previsional en cada año calendario, determinarán -para los profesionales que la originaron- una bonificación porcentual adicional al haber.

Por las siguientes actuaciones:

  • Certificación de balances
  • Actuación en pericias
  • Sindicaturas y concursos
  • CEMANCE

¿Cómo se calculan? PB=PCT/HJA 

PB= Porcentual de bonificación

PCT= Percepciones de contribuciones de terceros ingresadas en el ejercicio

HJA= Haber jubilatorio categoría “A”) Con un  tope anual del 4%.

Este Porcentual de Bonificación (Coeficiente) se aplica sobre el haber jubilatorio vigente, sin bonificaciones.

Ejemplo:

Para un profesional que generó contribuciones de terceros en el año calendario 2023, como se detalla en el cuadro, las contribuciones ingresadas solo por ese año, implicarán un 4% adicional sobre su haber jubilatorio, que se abonará en forma mensual y de por vida al jubilado, sumado a su haber. Se observa que el 4% funciona como tope, tomando el menor entre la sumatoria de los coeficientes y dicho tope.

Suponiendo un haber vigente al momento de jubilarse de $334.370, la bonificación adicional (4% del haber) ascendería a $ 18.391,29 siendo el importe total mensual (haber+bonif.) que percibiría el jubilado de $352.761,29

Cabe destacar que las contribuciones ingresadas con posterioridad al acceso del beneficio previsional no modifican el importe del haber jubilatorio.

Accedé al tutorial para emitir las boletas de contribuciones> https://cpscba.org.ar/contribuciones/

A través del siguiente video podrán conocer de qué formas pueden diseñar y aumentar desde hoy su futuro haber jubilatorio.