Las contribuciones sobre honorarios ingresadas al fondo previsional en cada año calendario, determinarán -para los profesionales que la originaron- una bonificación porcentual adicional al haber.

Por las siguientes actuaciones:

  • Certificación de balances
  • Actuación en pericias
  • Sindicaturas y concursos
  • CEMANCE

¿Cómo se calculan? PB=PCT/HJA 

PB= Porcentual de bonificación

PCT= Percepciones de contribuciones de terceros ingresadas en el ejercicio

HJA= Haber jubilatorio categoría “A”) Con un  tope anual del 4%.

Este Porcentual de Bonificación (Coeficiente) se aplica sobre el haber jubilatorio vigente, sin bonificaciones.

Ejemplo:

Para un profesional que generó contribuciones de terceros en el año calendario 2023, como se detalla en el cuadro, las contribuciones ingresadas solo por ese año, implicarán un 4% adicional sobre su haber jubilatorio, que se abonará en forma mensual y de por vida al jubilado, sumado a su haber. Se observa que el 4% funciona como tope, tomando el menor entre la sumatoria de los coeficientes y dicho tope.

Suponiendo un haber vigente al momento de jubilarse de $334.370, la bonificación adicional (4% del haber) ascendería a $ 18.391,29 siendo el importe total mensual (haber+bonif.) que percibiría el jubilado de $352.761,29

Cabe destacar que las contribuciones ingresadas con posterioridad al acceso del beneficio previsional no modifican el importe del haber jubilatorio.

Accedé al tutorial para emitir las boletas de contribuciones> https://cpscba.org.ar/contribuciones/

A través del siguiente video podrán conocer de qué formas pueden diseñar y aumentar desde hoy su futuro haber jubilatorio.