Caja de Previsión Social en Cs. Es. de Córdoba

Potencia tu jubilación con el cambio de categoría

Ya mismo podés dar el primer paso para mejorar tu futuro haber. El cambio de categoría, dispuesto en el Art. 7º a) de la Ley 8.349, es una herramienta fundamental para planificar la posteridad de acuerdo a tus propias expectativas. 

Según la presente Ley, los afiliados podrán elegir en qué categoría realizar sus aportes, teniendo así la posibilidad de una mayor proyección sobre su futuro haber jubilatorio. El Cambio de Categoría se deberá realizar antes del 31 de Agosto de cada año y el mismo entrará en vigencia el 1 de enero del año siguiente. 

La solicitud de cambio se encuentra disponible en el espacio de Autogestión>Aportes>Cambio de categoría de aportes.

Los afiliados pueden optar entre 4 categorías de aportes -A, B, C, D- Cada categoría permite acceder a mayores haberes jubilatorios y a bonificaciones extraordinarias mejores. 

Aquellos profesionales que se encuentren trabajando en relación de dependencia podrán optar por aportar en la categoría A 50%  solo si se encuentran inscriptos en la matrícula especial RD en el CPCE. 

Las escala de haberes y aportes de cada categoría están disponibles en la web, en la pestaña de afiliados. 

Pará de especular y despeja tus dudas con nuestro Simulador de Cambio de Categorías de aportes, podés consultarlo ya mismo en Autogestión>Aportes>Simulador de haber futuro

Generar