El jueves 11 de abril se llevó a cabo la Asamblea General Extraordinaria de la Caja de Previsión, siendo presidida por Lic. Silvia Spada, vicepresidente de la Caja, en ausencia del presidente Cr. Guillermo Filippelli, por cuestiones de salud.

La asamblea inició con la presencia de 387 asambleístas registrados, de los cuales el 60% era jubilado de esta Caja. Se contó también con la presencia de asesores, taquígrafos y un escribano público, que dieron fe de lo acontecido.

Para una mayor organización y transparencia del acto Asambleario se automatizó el sistema de Registro de Asistencia, el cual proyectó de manera instantánea los ingresos y egresos de afiliados al recinto, las mociones y votaciones llevadas a cabo por cada uno de los sectores.

Respetando el proceso del orden del día presentado, se dio tratamiento al temario respectivo y la votación se llevó a cabo a mano alzada computándose los votos de los asambleístas presentes para cada uno de los sectores determinados. Los resultados se proyectaron de manera instantánea.

Sometido a consideración el segundo punto del orden del día, que disponía: “ESTABLECER el haber de las Prestaciones a que hace referencia el artículo 30° inc. a) de la Ley 8349 (T.O. 2012) para la categoría A, en la suma de PESOS TRESCIENTOS VEINTE MIL ($ 320.000,00) a partir del primero de abril del año 2024 (…) y MODIFICAR las escalas de aportes personales…”, el resultado arrojó un total de 230 votos negativos y 121 afirmativos, con lo cual no se aprobó el incremento del haber propuesto por el Directorio.

Sometido a consideración el tercer punto del orden del día, que disponía: “ESTABLECER para todas las prestaciones a que hace referencia la Ley 8349 (T.O.), el pago de una “bonificación extraordinaria mensual”, por un importe de PESOS OCHENTA MIL ($ 80.000) liquidable en los meses de abril y mayo de 2024 y de PESOS CUARENTA Y OCHO MIL ($ 48.000) liquidable en los meses de mayo a noviembre de 2024 …”, el resultado arrojó un total de 178 votos negativos y 96 afirmativos, con lo cual tampoco quedó aprobada la bonificación mensual extraordinaria propuesta por el Directorio.

Cabe destacar que la normativa de la Caja (art. 41° Ley 8.349 T.O. 2012) establece que las decisiones se tomarán por mayoría absoluta de votos de los presentes.

En función de lo decidido por la asamblea soberana, lamentablemente no podrá recomponerse el haber por encima de la movilidad jubilatoria nacional.

Es relevante señalar que tampoco fue aprobado el plan escalonado propuesto para acompañar a los afiliados, que permitía distribuir el impacto en los aportes en el mediano plazo, con lo cual, el activo también se verá perjudicado por el resultado de la asamblea.

Amén del resultado de la asamblea, el Directorio continuará trabajando y analizando alternativas para actualizar los ingresos de los pasivos y al mismo tiempo atemperar el impacto en los activos, sin perder de vista la responsabilidad de estar administrando la cobertura previsional de todos los afiliados, activos y pasivos.