Los beneficiarios de esta asistencia extraordinaria son:

  • Jubilados ordinarios
  • Jubilados ordinarios por minusvalía
  • Jubilados por discapacidad
  • Pensionados

Importe a reintegrar:

  • 25% del precio del medicamento (o del precio de vademécum, si éste fuese menor),
  • Tope: $ 3.000 por año por jubilado y $2.100 por año por pensionado.

Vigencia:  

Compras de medicamentos realizadas entre el 01 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018.

Requisitos a cumplimentar:

  • Compras de medicamentos realizadas para consumo personal, no incluyendo los consumos efectuados por su grupo familiar.
  • Los medicamentos susceptibles de reintegro son aquellos para los cuales el Consejo ha otorgado una cobertura del 50% a través de su Departamento de Servicios Sociales, y que no cuentan con la cobertura de otra obra social.

Documentación a presentar:

  • Fotocopia legible del recetario médico emitido por el Departamento de Servicios Sociales del CPCE
  • Original de la factura o ticket de compra emitido por la farmacia.

Forma de Pago:

La cobertura de la asistencia extraordinaria se hará efectiva mediante reintegro, acreditándose el importe de la misma conjuntamente con el pago del haber jubilatorio mensual.

Dónde se realiza el trámite:

  • Sede Central: a través de la Mesa de Atención Unificada del Consejo Profesional, de lunes a viernes, en el horario de 7:30 hs. a 19:00 hs., (Enero y febrero de 07:30 a 16:00)
  • Delegación del Consejo Profesional más cercana a su domicilio.