Los beneficiarios de esta asistencia extraordinaria son:
- Jubilados ordinarios
- Jubilados ordinarios por minusvalía
- Jubilados por discapacidad
- Pensionados
Importe a reintegrar:
- 25% del precio del medicamento (o del precio de vademécum, si éste fuese menor),
- Tope: $ 3.000 por año por jubilado y $2.100 por año por pensionado.
Vigencia:
Compras de medicamentos realizadas entre el 01 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018.
Requisitos a cumplimentar:
- Compras de medicamentos realizadas para consumo personal, no incluyendo los consumos efectuados por su grupo familiar.
- Los medicamentos susceptibles de reintegro son aquellos para los cuales el Consejo ha otorgado una cobertura del 50% a través de su Departamento de Servicios Sociales, y que no cuentan con la cobertura de otra obra social.
Documentación a presentar:
- Fotocopia legible del recetario médico emitido por el Departamento de Servicios Sociales del CPCE
- Original de la factura o ticket de compra emitido por la farmacia.
Forma de Pago:
La cobertura de la asistencia extraordinaria se hará efectiva mediante reintegro, acreditándose el importe de la misma conjuntamente con el pago del haber jubilatorio mensual.
Dónde se realiza el trámite:
- Sede Central: a través de la Mesa de Atención Unificada del Consejo Profesional, de lunes a viernes, en el horario de 7:30 hs. a 19:00 hs., (Enero y febrero de 07:30 a 16:00)
- Delegación del Consejo Profesional más cercana a su domicilio.