Los inscriptos en la matrícula especial del Consejo (RD) para el ejercicio exclusivo de la profesión bajo relación de dependencia; y los Inscriptos en la matrícula plena del CPCE con domicilio real en otra provincia pueden solicitar la afiliación voluntaria a la Caja de Previsión y acceder a los siguientes beneficios:
- EXIMICIÓN DE APORTES PERSONALES Y DERECHO PROFESIONAL: Podrán acceder a la eximición durante los el primer año, los jóvenes de hasta 29 años de edad que se afilien dentro de los 12 meses de rendida la última materia.
- CATEGORÍA DIFERENCIADA DE APORTACIÓN: Los afiliados voluntarios pueden ingresar sus aportes en una categoría reducida, equivalente al 50% de la escala de aportes de categoría A.
- SUBSIDIO POR MATRIMONIO/NACIMIENTO: La Caja otorga una ayuda especial a los afiliados que contraigan matrimonio. También por el nacimiento o adopción de hijos.
- BENEFICIOS PREVISIONALES:
- Jubilación por discapacidad.
- Jubilación ordinaria.
- Jubilación por Minusvalía.
- Pensión.
- ACCESO A PRÉSTAMOS: La amplia oferta crediticia de la Caja se encuentra a disposición de los afiliados voluntarios, en las mismas condiciones e importes que para los afiliados obligatorios. Podrán acceder a créditos hipotecarios de hasta $ 4.000.000 y créditos personales cuyo monto varía en función de la antigüedad en la afiliación.
- BONIFICACIONES ADICIONALES SOBRE EL HABER BASE: También son aplicables a los afiliados voluntarios las bonificaciones sobre haberes jubilatorios que establece el Art. 30° ter. de la Ley 8.349, por Aportes excedentes y Diferimiento en la Jubilación.
- DESCUENTOS Y BENEFICIOS.
Consultá los requisitos para afiliarte.