Caja de Previsión Social en Cs. Es. de Córdoba

Noticias de La Caja

Muestra Fotográfica

Para dar continuidad a las actividades especiales programadas por el “Mes de la Primavera”, la Caja los invita a disfrutar de la Muestra Fotográfica Virtual titulada “Construir un mar de flores”, con instantáneas obtenidas por los alumnos del Taller de Fotografía Creativa, coordinado por la Prof. Guadalupe Aller. Les recordamos que el Taller se dicta de manera semanal todos los miércoles a las 10 hs, por plataforma Meet en vivo. El mismo es libre y gratuito para nuestros afiliados activos y pasivos. Para mayor información e inscripciones pueden comunicarse al Cel 3515100649 / Mail: cps@cpcecba.org.ar. A continuación les compartimos la muestra. Que la disfruten!!

Regularizá tu deuda antes del 31.12.21

El Directorio de la Caja de Previsión resolvió extender hasta el 31.12.2021 el plazo para acceder a la tasa bonificada del 18% en los planes de pago por aportes en mora, con el fin de facilitar la regularización de la deuda y evitar actualizaciones en las escalas. Asimismo dispuso otorgar un plazo de gracia de 3 meses para el vencimiento de la primera cuota, como alternativa opcional para acompañar a los profesionales. En caso de optar por este beneficio, los intereses desde la firma del plan hasta el primer vencimiento se abonarán con la primera cuota. La Caja pone a disposición de sus afiliados planes de financiación con amplios plazos de cancelación, disminución de la tasa de interés como así también importantes reducciones de recargos para los períodos de mayor antigüedad. Para la cancelación de aportes en mora la Caja ofrece una financiación muy conveniente, que incluye: Planes de Pago

Subsidio por Enfermedad

Procurando acompañar y dar respaldo a nuestros profesionales en las contingencias que pudieren suceder en su vida, la Caja de Previsión brinda a sus afiliados cobertura por enfermedad o accidente, desde el primer día de la afiliación. Requisitos Afiliado obligatorio a la Caja (Art. 3º Ley 8.349) a la fecha de pedido del beneficio y estar al día en el pago de los aportes Que la enfermedad o accidente sea invalidante para el ejercicio de su profesión en un mínimo del sesenta y seis (66%) por ciento o más, durante un tiempo mínimo de noventa (90) días y máximo de veinticuatro (24) meses Dicha incapacidad deberá haberse producido con posterioridad a la fecha de afiliación No tener derecho a la jubilación por discapacidad. Monto del haber El haber será equivalente al 70 % de los importes fijados para la jubilación ordinaria correspondientes a la categoría de aportación A, cuando al

Préstamos Hipotecarios hasta $4.000.000

La Caja de Previsión, te ofrece una línea crediticia para apoyarte en la adquisición de tu primer inmueble con una tasa bonificada y un trámite web, ágil y sencillo.  Se podrá otorgar hasta el 70 % del valor de la tasación del inmueble dispuesta por la Caja o $4.000.000, el menor.  Plazo: 180 meses. Ingresá al simulador avanzado para conocer el valor de las cuotas  Para conocer más sobre los préstamos hipotecarios ingresá a https://cpscba.org.ar/prestamos/hipotecarios/

Consulte las contribuciones de terceros

La Caja de Previsión pone a disposición de sus afiliados el nuevo servicio en línea de Autogestión  www.cpscba.org.ar  donde podrán consultar los siguientes trámites:  Coeficientes acumulados de contribuciones: las contribuciones de terceros ingresadas en cada año, el cálculo en pesos de dicha bonificación sobre el haber vigente y los coeficientes anuales acumulados. Informar contribuciones pendientes: servicio disponible para los afiliados que desarrollen actividad profesional en el ámbito judicial, informen a la Caja de Previsión sobre las contribuciones reguladas que aún no hayan sido ingresadas. Las contribuciones sobre honorarios ingresadas al fondo previsional en cada año calendario conforme lo previsto en el artículo 7º de esta Ley, determinarán -para los profesionales que la originaron- una bonificación porcentual adicional al haber de jubilación ordinaria, ordinaria por minusvalía, discapacidad o pensión, determinada conforme la fórmula que se establece seguidamente, con un tope del cuatro por ciento (4%) anual aplicada sobre el haber jubilatorio