Caja de Previsión Social en Cs. Es. de Córdoba

Noticias de La Caja

Salud

Con esta acción se busca brindar una asistencia adicional y diferenciada del haber jubilatorio, a los profesionales que afrontan un gasto considerable en estas prácticas médicas, convencidos que la Caja como Institución Social debe contribuir con políticas integrales a la mejora de la calidad de vida de sus pasivos.

Asistencia extraordinaria en medicamentos

Los beneficiarios de esta asistencia extraordinaria son: Jubilados ordinarios Jubilados ordinarios por minusvalía Jubilados por discapacidad Pensionados Importe a reintegrar: 25% del precio del medicamento (o del precio de vademécum, si éste fuese menor), Tope: $ 3.000 por año por jubilado y $2.100 por año por pensionado. Vigencia:   Compras de medicamentos realizadas entre el 01 de diciembre de 2017 y el 30 de noviembre de 2018. Requisitos a cumplimentar: Compras de medicamentos realizadas para consumo personal, no incluyendo los consumos efectuados por su grupo familiar. Los medicamentos susceptibles de reintegro son aquellos para los cuales el Consejo ha otorgado una cobertura del 50% a través de su Departamento de Servicios Sociales, y que no cuentan con la cobertura de otra obra social. Documentación a presentar: Fotocopia legible del recetario médico emitido por el Departamento de Servicios Sociales del CPCE Original de la factura o ticket de compra emitido por la

Campaña de Salud Visual para Jubilados y Pensionados

Los beneficiarios de esta asistencia extraordinaria son: Jubilados ordinarios Jubilados ordinarios por minusvalía Jubilados por discapacidad Pensionados Importe a reintegrar: Hasta $ 700 por año por la compra de cristales aéreos y lentes de contacto. Forma de Pago: La cobertura se hará efectiva mediante reintegro, acreditándose el importe de la misma conjuntamente con el pago del haber jubilatorio mensual. Documentación a presentar: Copia de la prescripción médica Original de la factura de compra de los cristales. Dónde se realiza el trámite: Sede Central: a través de la Mesa de Atención Unificada del Consejo Profesional, de lunes a viernes en el horario de 07:30 a 19:00 horas. (Enero y Febrero de 07:30 a 16:00) Delegación del Consejo Profesional más próxima a su domicilio.

Condiciones Generales

Sanción por mora en el pago de aportesSe considerará aportante regular al afiliado que al momento de producirse su fallecimiento o discapacidad en el porcentaje requerido, según corresponda, haya cumplido treinta (30) años de servicios con aportes, o cuando registre el ingreso regular de sus aportes personales durante veinticuatro (24) de los treinta y seis (36) meses anteriores a los acontecimientos descriptos. Caso contrario será considerado aportante irregular. Se considerará que el aporte fue abonado en forma regular cuando el mismo haya sido realizado dentro de los noventa (90) días corridos contados a partir de la fecha de su primer vencimiento. Devengamiento y Liquidación del HaberSi se hubieren completado todos los requisitos y presentada toda la documentación a la fecha de la solicitud, los haberes se devengarán a partir de ese momento, siempre que no se adeuden aportes previsionales.Caso contrario, se devengarán desde la fecha en que la totalidad de

Poderes

El titular del beneficio previsional puede nombrar apoderada a otra persona para que perciba el haber en su nombre y retire los recibos de haberes, completando el siguiente formulario:   {phocadownload view=file|id=109|target=s} En caso que ambos, poderante y apoderado  no puedan asistir a la sede central o a la delegación más próxima a su domicilio para efectuar las firmas frente al personal administrativo, podrán hacerlo certificar ante escribano público, juez de paz o personal policial.

Reconocimiento de Servicios

Este trámite surge en el marco del convenio de reciprocidad establecido mediante Resolución General 363/81 con el objeto de establecer el cómputo recíproco a los fines jubilatorios, de los servicios no simultáneos comprendidos en las cajas nacionales de previsión y en las cajas provinciales para profesionales, y de éstas entre sí. Documentación a presentar para iniciar el trámite:1. Documento de identidad del afilado 2. Si el afiliado es casado y convive con su cónyuge, su documento de identidad.3. Libreta de Familia 4. Documento de identidad de los hijos menores de edad y/o discapacitados. Tramitación La solicitud podrá ser gestionada por:– El afiliado – Parientes por consanguinidad o afinidad – Otro afiliado – Quien tenga poder especial para tal efecto Dónde iniciar el trámite:En la sede de la Caja de Previsión de la ciudad de Córdoba, o en la Delegación del Consejo Profesional más próxima a su domicilio. A los efectos